El documento revela que ni la legislación aprobada resguarda adecuadamente sus fuentes de trabajo o sus ingresos, ni la actuación de la autoridad ha sido la apropiada.
El tercer informe del equipo conformado por el Partido Socialista, con el apoyo del Instituto Igualdad, para fiscalizar el Plan de Emergencia del Gobierno en el contexto de la pandemia revela que, en el trimestre móvil marzo-mayo, 3 millones 284 mil personas se han desmovilizado del mercado laboral o están desempleados o con relación suspendida; un millón 256 mil han sido expulsadas de la fuerza de trabajo, y 879 mil se encuentran cesantes.
En el detalle, el documento “Realidad en materia laboral” sostiene que dentro de los ocupados/as, se registran 1 millón 149 mil trabajadores/as ausentes, quienes estarían con algún grado de suplencia de ingresos, pero que ya están con una tasa de reemplazo de 55%, que, sin duda, los y las deja bajo el salario mínimo.
“Es necesario reiterar que la estimación a mayo es un trimestre móvil en que las condiciones de los meses considerados son muy distintas, desde un marzo normal hasta un mayo con un impacto severo en la fuerza de trabajo. En el próximo trimestre móvil, se reemplazará un mes normal por uno similar al de mayo, con lo cual es esperable una situación más drástica en la caída de la ocupación en el país”, asegura el informe PS.
A la luz de estos datos, la principal conclusión del informe es que ni la legislación aprobada resguarda adecuadamente en sus fuentes de trabajo o sus ingresos, ni la actuación de la autoridad ha sido la apropiada.
“La conclusión es una sola: las trabajadoras y trabajadores no están siendo protegidos en esta coyuntura, hay una evidente precarización en muchos sectores”, afirmó Francisco Díaz, ex subsecretario del Trabajo e integrante del equipo fiscalizador,
A su juicio, “luego de analizar la situación de trabajadores y trabajadoras migrantes y de casa particular, y de aquellos y aquellas en teletrabajo, vemos que en todos se produce una precarización en sus derechos, una disminución de ingresos y, lamentablemente, un aumento de la cesantía”.
Medidas
Finalmente, el informe del equipo PS, que evaluó la opinión de más de 70 dirigentes sindicales nacionales y regionales de diversos sectores productivos y de servicios, privados y públicos, propone 10 medidas para los trabajadores y trabajadoras con contrato laboral, para corregir “la abierta injusticia que existe hoy”.
Entre ellas se cuentan:
- Fondo Individual del Seguro de Cesantía, estableciendo un fijo de 70%.
• Aumento de los beneficios del Fondo Solidario de Cesantía, de forma tal que cubra al trabajador y trabajadora que producto de la suspensión ha agotado su cuenta individual, pudiendo acceder en el futuro a las mismas prestaciones como si hiciera uso de su Cuenta Individual, sin topes.
• Inclusión de las Trabajadoras de Casa Particular, al Fondo Solidario. Dar una respuesta directa a aquellas trabajadoras informalizadas que ni siquiera cuentan con el fondo del 4.11%.
• Aumento de nivel mínimo Ingreso mínimo Garantizado a $500.000.
• Prohibir despido por necesidades de la empresa en caso de uso de LPE.
• Eliminación del artículo 13 de la Ley N°19.728, que permite que el empleador descuente del monto de la indemnización por años de servicios el aporte hecho en la cuenta individual, incrementado en la rentabilidad ganada por el fondo.
- Excluir a todas las madres trabajadoras de todo cambio que implique menoscabo remuneracional.
• Desarrollar un programa de fiscalización de oficio sobre la adecuada regularización de la condición de los trabajadores y trabajadoras que realizan teletrabajo sancionando a las empresas que no cumplen efectivamente con lo señalado por la ley, especialmente en lo relativo provisión de equipos y elementos necesarios, así como en lo relativo a las reglas de jornada de trabajo.
• Se debe garantizar que los empleadores deban reembolsar los gastos adicionales incurridos por los trabajadores y trabajadoras a raíz de la implementación de la modalidad a teletrabajo.
• Garantizar que todo acuerdo colectivo en este contexto, tendrá el carácter de temporal y en ningún caso afectará piso de las negociaciones colectivas futuras establecidos.