Otros errores del texto

Por Flavio Quezada, ex comisionado experto. Abogado y Doctor en Derecho, en La Tercera

Desde que se hizo pública la propuesta definitiva del Consejo Constitucional diversos expertos han evidenciado sus falencias. Las hay de diverso tipo y alcance. En esta ocasión quisiera detenerme en su descuidada y tosca redacción.

Ese rasgo del texto puede explicarse por la decisión adoptada por quienes controlaron el Consejo: excluir a quienes no somos de derecha y, por tanto, negociar -sin publicidad alguna- entre ellos. El resultado fue que las redacciones fueron presentadas minutos, incluso, segundos antes de ser puestas en votación. De hecho, esas propuestas eran trabajadas sobre la marcha y a contra tiempo, en los pasillos y rincones de un edificio cuyo valor republicano fue -por lo mismo- resentido.

Un contexto de este tipo, evidentemente, no solo aumenta la probabilidad de incurrir en errores, sino que, al negar la ritualidad democrática propiamente deliberativa, impidió adoptar acciones que podían reducirla. De este modo, la falibilidad fue potenciada y, lamentablemente, concretada en varias disposiciones.

La deliberación abierta y pública de los órganos representativos permite adoptar mejores decisiones. No erradica la posibilidad de error, pero permite atenuarla, mediante la confrontación de ideas y argumentos, que permite a las mayorías pulir sus definiciones luego de la crítica de las minorías. Esto, lamentablemente, no ocurrió. No fuimos considerados. Tan es así, que desde observaciones extranjeras se catalogó el trabajo del Consejo como “una serie de monólogos”.

Lo anterior es una de las razones de, por ejemplo, la poco elegante redacción de los numerales 10 y 11 del artículo 16; los graves errores de referencia en las atribuciones del Tribunal Constitucional y que, de no ser reformado, probablemente generará no pocos problemas de implementación; la presencia de muchas redacciones perfectamente redundantes (por ejemplo, ciertas restricciones en los derechos fundamentales de los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden); como también, normas que resultarán inaplicables pues no señalan el órgano obligado respectivo (por ejemplo, la “reforma legal” para la creación de una nueva unidad en el Congreso Nacional).

Por último, aún no se ha hecho público el diseño de transición de esta propuesta. Quienes han investigado estas materias discuten sobre sus alcances y las innumerables dudas que plantea. Del “debate” de los días de funcionamiento del Consejo me cuesta no deducir que simplemente no existe un diseño de transición. No fue pensado, sino improvisado caso a caso y sobre la marcha. La República no se merece esto.

En suma, de aprobarse esta propuesta, solo para poder ser aplicada requerirá (al día siguiente) abrir el debate sobre sus reformas y, así, mantendrá abiertas las coordenadas de la discusión constitucional del último tiempo. Solo se cierra lo anterior votando por la opción “En contra”. Las urgencias sociales del país lo requieren.

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