El Estado y el Derecho a Emprender

Artículo de Sergio Arancibia publicado en la edición digital de EL CLARÍN (Chile) el día 28 de abril de 2021.

El derecho a emprender es uno de los grandes mitos de nuestra actual constitución. Ésta es casi majadera en dejar establecido un conjunto de disposiciones que dicen relación con esa temática. Se habla, por ejemplo, de “el derecho a desarrollar cualquier actividad económica”, de “la libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes”; de “el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales” y de “la libertad de trabajo y su protección.”

Estas disposiciones son un buen ejemplo de cómo se establecen derechos en el papel, que son negados día a día, en la realidad de las cosas, por la estructura económica imperante en el país. En un sistema económico caracterizado por la presencia generalizada de monopolios y oligopolios, la participación – en cada segmento de los mercados – de nuevas empresas que quieran entrar de segundos, se hace cada día más difícil. Las empresas monopólicas no solo obtienen, por su calidad de tales, ganancias extraordinarias – rentas en el más exacto sentido económico de esta palabra – sino que también levantan todo tipo de barreras de entrada para nuevas empresas. Hacen uso para ello no solo del poder de mercado que ya tienen – lo cual les permite controlar precios y cantidades producidas y vendidas – sino que también hacen uso y abuso de su poder político para obtener situaciones de privilegio que atentan contra el funcionamiento y/o contra la entrada al mercado de empresas de menor tamaño económico. Esto es lo que atenta en mayor medida contra la libertad de emprender en nuestra sociedad, a menos que nos estemos refiriendo a la libertad de vender limones en las calles de la ciudad, o desempeñar otros oficios informales de baja tecnologización.

Pero el doble discurso en esta materia del emprendimiento no se refiere solo a eso. Se refiere también a que un importante agente económico y social del país tiene impedido hacer uso de esa capacidad de emprender. Nos referimos, obviamente, al estado. Esa libertad de emprender solo está abierta para los sectores privados – nacionales o extranjeros – y siempre y cuando tenga la suficiente capacidad económica desde el inicio como para abrirse paso en un mercado controlado por los monopolios y oligopolios. Se podría decir que todos tienen la libertad de nadar, pero nadar entre tiburones no es fácil. Pero el estado no puede emprender. Con respecto a este agente económico y social se dice expresamente, en la constitución actual, que “el estado y sus organismos podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas, solo si una ley de quorum calificado los autoriza”. Todo esto constituye una manifiesta desigualdad ante la ley, en la medida que se discrimina en contra de ciertas personas naturales o jurídicas específicas.

Pero los problemas no terminan allí. Recientemente dirigentes empresariales han levantado la doctrina de que la libertad de emprender y el ejercicio del derecho de propiedad deben ir acompañados de la permanencia de las reglas del juego, y el cambio de las mismas, si implica algún perjuicio a la empresa o a las propiedades establecidas, debe ser considerado una expropiación indirecta y dar origen a algún tipo de compensación económica. Es decir, el estado no solo no tiene derecho a emprender, sino que tampoco tiene derecho a ser regulador de la actividad económica nacional.

Finalmente, basados en que la constitución actual establece que “ni la ley ni autoridad alguna podrá establecer diferencias arbitrarias” se propicia que la eventual y dificilísima participación del estado como empresario, tenga que hacerse con comportamiento, propósitos y principios rectores iguales que los que imperan en la empresa privada. Es decir, ganancias y solo ganancias, y ninguna preocupación por el bien común.

Si el estado difícilmente puede ser empresario y no puede ser regulador, y en caso de ser empresario debe ser como una empresa privada más, el estado queda absolutamente pintado en la pared. Es de esperar que la nueva constitución sea clara en modificar este tipo de situaciones.

 Foto por Alvaro Reyes en Unsplash

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