CHILENOS DEL EXTERIOR EXCLUIDOS DE LA CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL

Osvaldo Núñez, Abogado. Ex diputado federal en Canadá. Montreal, diciembre 2020

 Una enorme sorpresa ha producido en el extranjero el inesperado y arbitrario rechazo de la Cámara de Diputados al proyecto de ley que permitía votar a los connacionales residentes fuera de Chile , ser candidatos y disponer de tres escaños reservados en el Convención Convencional. Dicha iniciativa, que creaba un distrito internacional,  no contó con el quórum necesario, no obstante que tuvo 79 votos a favor, 65 contra y 2 abstenciones.

Yo fui diputado federal en Canadá. En este país como en casi todos los otros, el sistema electoral se modifica a través de leyes simples donde basta la mayoría de votos. No es necesario para ello reformar la Constitución, como en Chile, ya que el derecho a voto y su ejercicio deben renovarse y adaptarse a las situaciones cambiantes del mundo moderno. Ya había sido necesario modificar la Constitución para reconocernos el derecho a voto en las elecciones presidenciales y plebiscitos. En derecho se aplica a menudo la norma que señala que «quien puede lo más, puede lo menos», principio que el Servicio Electoral o el Tribunal Constitucional, por la vía de la interpretación, hubieran debido poner en práctica en este caso. En efecto, podemos votar en los plebiscitos de entrada y de salida y por qué no por los constituyentes? El legalismo chileno es conocido como exagerado en el extranjero, además de ser visto como una sociedad conservadora.

Fue también decepcionante e increíble que los diputados de derecha hayan celebrado y aplaudido el resultado de la votación, que excluía de un derecho tan esencial y democrático al 5.5% de la población chilena que vive en el extranjero. Se puede calificar como un acto arbitrario y profundamente discriminatorio.

Las y los chilenos radicados en el exterior habíamos concurrido a las urnas el 25 de octubre con mucho entusiasmo, a pesar de la pandemia de COVID-19 y  de las enormes distancias que  existen en numerosos países entre el lugar en que vivimos y la sede del consulado. De todas maneras, es útil señalar que la tasa de votación en el extranjero fue superior a la de Chile. Posteriormente, durante las tres primeras semanas de noviembre en que se reabrió el período de inscripciones y de cambio de domicilio electoral, miles de compatriotas realizaron estos trámites en forma presencial o través de internet, justamente para poder votar el 11 de abril de 2021. Qué decepción!

TRATADOS INTERNACIONALES.

 Muchos países han permitido que sus nacionales en el extranjero puedan participar en todo el proceso constituyente. Así lo hicieron, por ejemplo, Portugal, Ecuador y Colombia durante el debate de su nueva Constitución Política, adoptada en el año 1991.

La negación de nuestro derecho a participar en la Convención Constitucional es antidemocrática y constituye una grave violación a los derechos humanos.  A este respecto, queremos citar el artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que afirma: «Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos». Más adelante añade: «Toda persona tiene derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país».

En el mismo sentido, el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece lo que sigue: «Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades:

  1. a) Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;
  2. b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores;
  3. c) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país».

El artículo 26 añade: «Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social».

También es necesario citar el artículo 41 de la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares que establece lo siguiente: «Los trabajadores migratorios y sus familiares tendrán derecho a participar en los asuntos públicos de su Estado de origen y a votar y ser elegidos en elecciones celebradas en ese Estado, de conformidad con su legislación».

De acuerdo a las disposiciones citadas, provenientes de instrumentos internacionales ratificados por Chile, el gobierno debería haber sometido a la consideración del Congreso su propio proyecto de ley en materia de participación en la Convención Constitucional. Lamentablemente, el presidente Piñera y su coalición de derecha se opusieron a nuestro derecho a sufragio en su primer gobierno y ahora no han mostrado ninguna sensibilidad al respecto.

En todo caso la lucha continúa. Ochenta  organizaciones de chilenos en el exterior entregaron recientemente una carta en La Moneda, dirigida al Presidente Piñera, en la que exigen un distrito para participar en la Convención Constitucional.  Afirman que » la exclusión del proceso de elección no se sustenta en  ninguna prohibición expresa y que existen muchos preceptos , contenidos en diversos tratados de derechos humanos, que refuerzan la importancia de nuestra representación, que no caducan por el hecho de vivir fuera del territorio nacional».

Algunos parlamentarios de Chile Vamos han mencionado que la demanda de los chilenos del exterior no estaba contemplada en el Acuerdo transversal del 15 de noviembre de 2019. Es verdad, pero tampoco se previó en ese documento la paridad de género ni los escaños reservados para los pueblos originarios, demandas que reciben un amplio apoyo en el extranjero.

Quedaría una última posibilidad para que los compatriotas del exterior puedan votar en la elección de constituyentes, el 11 de abril de 2021. Se trata de la moción de la senadora Isabel Allende, presentada hace varios meses en el Senado, que crea un distrito internacional y permite la elección de dos representantes, una mujer y un hombre. Se podría tramitar con urgencia dicho proyecto si contara con el apoyo de algunos senadores y luego de diputados de derecha. Debe ser aprobado antes del 11 de enero próximo.

Es muy necesaria nuestra  participación en el órgano constituyente, en representación de los 1.037.347 chilenos radicados fuera del país, según el registro efectuado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el INE, de 2016. En 2020, somos muchos más, más que  los habitantes en la mayoría  de las regiones existentes en Chile. Muchos de nosotros vivimos en países con constituciones modernas, que consagran los derechos sociales de la población y que poseen buenos sistemas de seguridad social, por ejemplo. Resulta incomprensible que el gobierno haya solicitado a la OCDE asesoría para redactar la nueva Constitución, un organismo internacional cuyo objetivo es consolidar el neoliberalismo, con preponderancia de la empresa privada, en detrimento del rol social del Estado.

 La derecha no es mayoría en Chile, pero bloqueó nuestro derecho a voto durante 25 años. Conquistamos un derecho limitado en 2014. Urge extenderlo a los hijos de chilenos nacidos en el extranjero, a la elección de nuestros propios parlamentarios y al derecho a participar en el debate de la nueva Carta Fundamental, a través de nuestros delegados. Dicha Carta debe igualmente crear una Región para los ciudadanos chilenos residentes fuera del país, con los derechos y deberes que ello implica.

Es necesario ampliar el derecho a voto y la participación de los y las compatriotas del exterior. Chile necesita más democracia y atender las justas reivindicaciones de sus nacionales que por diversos motivos han tenido que emigrar al extranjero, pero que se sienten chilenos y aman a la patria que los vio nacer. Si se  nos excluye, la nueva Constitución no será la Casa de Todos y de Todas.

 

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