Fernando Ochoa del Río
Presidente Comisión de Educación Partido Socialista de Chile
Por estas horas quizás ya se hayan entregado los resultados del “Proceso de Encasillamiento”, el cual ha de determinar en qué tramo quedarán ubicados los docentes según sus antecedentes requeridos, es decir experiencia, resultados de portafolio y pruebas de conocimiento (AVDI o AEP) en el caso que las tengan. Demás está decir que la publicación de los resultados del encasillamiento, fase inicial del proceso de desarrollo profesional docente, ha generado gran expectación en miles de profesores en ejercicio.
¿Qué es lo que viene después? un debido proceso de apelación que transcurrirá entre el 15 de agosto al 15 de noviembre, en el cual nuestros colegas maestros que consideren que la ubicación obtenida no es la que ellos esperaban, podrán aportar las debidas evidencias con las que certifiquen sus planteamientos para lograr la corrección. Este tiempo considerado permitirá al CPEIP, hacer las debidas modificaciones formalizadas mediante resoluciones exentas que darán respaldo legal a estas correcciones.
En cambio, para muchos/as, la publicación en el Diario Oficial, será la ratificación del tramo en el que fueron ubicados por la plataforma computacional con la información que tenía el CPEIP de las diferentes evaluaciones y de la que entrega el SIGE (sistema informático de gestión educacional). Este proceso de encasillamiento, que finaliza el 15 de noviembre es un período de mucho dialogo y conversación entre el CPEIP y los profesores/as, lo que demuestra que este Sistema de Desarrollo Profesional Docente (SDPD), tiene en su ADN la concepción y el sentido de acompañar a los docentes en su formación continua, dialogando permanentemente con los educadores de chile.
Sin embargo, en el afán de profundizar en sus características quisiera referirme a los pilares fundamentales que el SDPD contiene, a saber: Calidad Educativa, Gratuidad, Fin al Lucro e Inclusión.
Cada uno de ellos, se expresa nítidamente, por ejemplo la inclusión integral ya que aquí se incorporan todos los docentes, de enseñanza Básica y Media, Educadoras/es de Parvularios y Diferencial, que cumplen la función de en los establecimientos que reciben financiamiento del estado (Sala Cuna a Educación Media HC y TP), es decir se termina definitivamente, la exclusión de muchos profesionales de la educación que estaban marginados. De aquí en adelante, este SDPD establece la gratuidad del perfeccionamiento docente y el Estado a través del CPEIP velará por ello, pues, las universidades y organismos (UNESCO, PIIE, etc.) que entreguen este perfeccionamiento, deberán cumplir con requisitos angulares como estar acreditadas, no lucrar y demostrar la pertinencia de sus propuestas. Respecto al último pilar, la calidad educativa, fundamental en este proceso, el SDPD establece que va a acompañar, apoyar y orientar a los profesores/as de Chile desde su formación inicial. Ninguna Universidad o Instituto Profesional de Educación Superior, podrán impartir las carreras de pedagogía sin estar acreditadas sus programas o carreras, como también existe en el sistema la motivación para buscar a los mejores talentos para que ingresen a estudiar pedagogía en un cronograma muy bien definido y con exigencias crecientes entre 2017 y 2023.
No conforme con ello, en este mismo pilar de calidad educativa, existe un acompañamiento personal a los docentes principiantes que ingresan al sistema con profesores mentores, que en algunos casos los pueden elegir los mismos establecimientos cuando tengan un nivel de logros catalogados como medio o superior según la Agencia de Calidad. Este acompañamiento será fuera de su contrato y con un pago tanto al Profesor/a principiante como al mentor.
Por otro lado, la calidad educativa también se expresa en el perfeccionamiento tal como enunciábamos anteriormente, no sólo este debe ser pertinente, coherente y actualizado sino en contexto y contingencia a los territorios donde ejercen los maestros/as, pues, los requerimientos serán levantados por los Secretarios Ejecutivos de los Comités Locales y los encargados de política docente en los Departamentos Provinciales de Educación, que estarán vinculados permanentemente a los educadores, establecimientos y territorios, para su reconocimiento y avance en los diferentes tramos obligatorios (Inicial, temprano y avanzado) y voluntarios (experto I y experto II), con más reconocimiento social y muy buenas remuneraciones.
Como se puede observar, a través de esta Ley 20.903 y sus pilares, podemos demostrar que la calidad educativa se puede alcanzar en política pública con inclusión, gratuidad y sin lucro, pues, este SDPD saca del Mercado a la formación inicial, la incorporación al sistema, el perfeccionamiento Docente durante todo el desarrollo profesional y ello es avanzar hacia una lucha decidida contra la desigualdad.
Seguidamente, los Profesores(as) Socialistas debemos pensar en primer lugar cómo avanzamos en mejorar aún más este SDPD al dotar y hacer una política de Estado permanente el bono de incentivo al retiro, mientras no se reviertan las reducidas pensiones que reciben nuestros profesores/as al jubilar; como también buscar los mecanismos para que los docentes que se evalúan cada cuatro años puedan contar con el tiempo suficiente en sus horas no lectivas, para poder dedicarse a trabajar en su portafolio y no tengan que llevar a sus hogares más carga de trabajo que la que tienen. Ello también es mejorar las condiciones labores, pues, se valora el incremento gradual de las horas no lectivas, pero aún debemos seguir trabajando en ello.
Finalmente, los Socialistas valoramos positivamente este SDPD, lo consideramos un cambio estructural relevante, por ello, señalamos con claridad y fuerza, que ningún proyecto de Ley en el contexto de la Reforma Educacional puede ser menos que esta Ley, en particular el Proyecto de Nueva Educación Pública (Desmunicipalización) y Educación Superior, pues, también estos deben construir relato y praxis con los pilares de: Calidad Educativa, Gratuidad, Fin al Lucro e Inclusión.