El Instituto Igualdad y su Área de género valoran aprobación en la Cámara de la despenalización de interrupción del embarazo en tres causales específicas

Veintiséis años debieron transcurrir desde el retorno de la democracia, para que un proyecto de ley que se refiere a la despenalización del aborto, al menos en causales específicas, pudiera pasar el muro del primer trámite legislativo.

Es importante relevar que dicho texto legal se suma a una serie de mociones parlamentarias que, desde la década de los noventa, han buscado restituir un derecho negado por la dictadura militar en sus últimos estertores.

Una de las primeras iniciativas estuvo patrocinada por la ex diputada socialista, Fanny Pollarolo. También pusieron su firma en diversos proyectos de ley la actual presidenta del PS, senadora Isabel Allende; así como también las y los parlamentarios Clemira Pacheco, Juan Luis Castro, Alfonso De Urresti, Juan Pablo Letelier, Carlos Montes, Fulvio Rossi, entre otros/as.

El jueves 17 de marzo, a un año del comienzo de su tramitación, fue aprobado en la Cámara de Diputados el proyecto de ley presentado por la presidenta Michelle Bachelet, para despenalizar la interrupción del embarazo en tres causales específicas: cuando está en riesgo la vida de la mujer; en caso de inviabilidad fetal y el embarazo como consecuencia de una violación.

La Sala de la Cámara aprobó por 66 votos a favor y 44 en contra, en general, el texto que despenaliza y regula la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales.

El proyecto -remitido al Senado para su segundo trámite- modifica el Código Sanitario, para permitir que un médico cirujano pueda interrumpir un embarazo cuándo:

  1. La mujer se encuentre en riesgo vital y esta interrupción evite un peligro para su vida (aprobado por 67 votos a favor y 43 en contra).

  1. El embrión o feto padezca una alteración estructural congénita o genética de carácter letal. Se tendrá que contar con el respectivo diagnóstico, el cual deberá ser ratificado por un médico que detente las habilidades específicas requeridas (aprobado por 62 a favor, 46 en contra y 2 abstenciones).

  2. Si el embarazo es resultado de una violación. Esta interrupción sólo se podrá realizar antes de las 12 semanas de gestación, salvo que se trate de una menor de 14 años, donde podrá efectuarse hasta las 14 semanas (aprobado por 59 votos a favor, 47 en contra y 3 abstenciones).

 

Este proyecto indica que ya “NO CONSTITUIRÁ DELITO DE ABORTO LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO EN LOS TRES CASOS REGULADOS POR ESTA PROPUESTA”.

Sin embargo, el paso al Senado considera la necesidad de reponer la no obligatoriedad de la denuncia de violación, instancia que fue rechazada por mayoría simple en la Cámara Baja.

Interesante ha resultado asistir a la discusión argumental de las y los diputados que se opusieron con sus votos, develando el sitial ideológico en que ubica a las mujeres chilenas en el caso de poder elegir libremente sobre su maternidad.

Esperamos que, cuando ingrese al Senado, siga avanzando en un ambiente de diálogo y acuerdo para finalmente tener una ley que dignifique y respete la autonomía y libertad de todas las mujeres de este país, al menos en las tres causales señaladas.

El Partido Socialista, en su último Congreso planteó la necesidad de avanzar hacia una legislación que resguarde el derecho de las mujeres a acceder al aborto legal y la maternidad voluntaria.

AREA DE GÉNERO – INSTITUTO IGUALDAD

Marzo 2016

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