Derogación de la ley del cobre: un debate necesario

Fundición

Se han cumplido ya 2 meses de la presentación del proyecto de Ley que busca derogar la Ley Reservada del Cobre (Boletín N ° 7678-02 de la Cámara de Diputados) iniciativa del Gobierno del Presidente Sebastián Piñera, que viene a cumplir una promesa incluida en su Programa de Gobierno. Se debe recordar que a fines de la administración de la Presidenta Michelle Bachelet, en septiembre del 2009, se presentó ante el Congreso otra propuesta, cuyos contenidos en términos globales no eran muy distintos a los difundidos el 20 de mayo pasado.

El Proyecto tuvo su presentación en sociedad, ante la “comunidad de la defensa”, en una actividad organizada por la ONG Chile 21, ocasión donde el ministro de defensa Andrés Allamand presentó el texto y recibió algunos comentarios. En la prensa santiaguina la norma presentada mereció algunos artículos; aprobatorios algunos, como los del ex comandante en jefe del Ejército, general Juan E. Cheyre (La Tercera 21/05) y críticos otros, como los firmados por especialistas Claudio Fuentes y Augusto Varas (ambos en El Mostrador).

Sin duda los temas de defensa en pocos países del mundo ocupan mucho espacio en los debates nacionales, sin embargo llama la atención que un tema particularmente relevante para la política de defensa, y con evidentes implicancias para ámbitos tan significativos como las finanzas publicas y la política exterior de Chile, merezcan tan poco examen por parte de la denominada comunidad de defensa.

A continuación, en esta breve nota haremos algunos comentarios generales, con la finalidad tanto de incentivar el debate especializado, como el interés ciudadano por conocer el texto presentado al Congreso. Nuestro análisis da cuenta de avances y aspectos positivos del Proyecto, pero también de aspectos que consideramos inconvenientes, como la mantención de situaciones de privilegios que son incompatibles con una democracia consolidada, contexto desde el cual debiera enfocarse el estudio del nuevo mecanismo de financiamiento.

La norma presentada busca entregar estabilidad y flexibilidad, así como aumentar el control democrático de estos fondos (transparencia). En los Antecedentes del Proyecto de Ley se señalar que lo más preocupante es que en una materia de tanta relevancia para el país, como es la adquisición de material bélico, “el Congreso está excluido de la discusión”. En los Fundamentos se hace referencia a la “madurez del sistema político” y a la “sensatez y responsabilidad republicana”, como parte de las nuevas variables del contexto del debate democrático. Por otro lado, y también en los Fundamentos, se comenta un informe del 2004 de la OCDE donde se afirma que el actual mecanismo es “altamente inapropiado desde el punto de vista presupuestario”.

En términos generales la propuesta se puede resumir en los siguientes componentes:

a) Una Estrategia Nacional de Seguridad y Defensa de 12 años,

b) Un financiamiento pluri-anual de 4 años,

c) La mantención de mínimos de inversión y,

d) La creación del Fondo de Contingencia Estratégica, para usar en crisis o compras de ocasión.

Sobre la Planificación Estratégica (producto de la Estrategia Nacional de Seguridad y Defensa), observamos que es un avance importante para el sector, ya que se trata de una planificación indicativa (no es un Plan Quinquenal) que puede ser revisada cada 4 años (un período presidencial actual). Además el plazo de 12 años nos parece prudente, en particular en el actual contexto mundial de incertidumbre y escasa predictibilidad.

Con respecto a la Pluri-anualidad de 4 años, sin duda la propuesta entrega estabilidad a la inversión del sector, en un lapso de tiempo que parece adecuado. Sin embargo, creemos que la atribución que se entrega al Congreso en una democracia consolidada como la nuestra, debiera ser plena. El Poder Legislativo debiera tener la potestad de revisar el presupuesto año a año con plena libertad, cuestión que impide el Articulo N º100 del Proyecto: “En ningún caso se rebajará el monto originalmente aprobado para el período de cuatro años”. Por otra parte, siendo la pluri-anualidad una práctica presupuestaria inédita en nuestro país, podría replicarse en otras actividades “estratégicas”, como la inversión en infraestructura de conectividad territorial, etc.

Con respecto a los mínimos de inversión, se debe señalar que el debate presupuestario del sector público suele establecer pisos históricos para las inversiones o gastos incluidos en el presupuesto anual. Sin embargo, el mecanismo propuesto es una excepcionalidad en el ordenamiento fiscal chileno; privilegio que conspira contra la igualdad de otras demandas de inversión estatal. Consideramos que la existencia de mínimos no garantiza una discusión democrática de los recursos públicos y su distribución. A largo plazo, no sería raro que pudiera constituirse en un problema de legitimidad para el propio sector de la defensa.

El Fondo de Contingencia Estratégica para inversiones en defensa es un instrumento infrecuente en las democracias modernas. Si se introduce una Planificación estratégica eficiente y eficaz no debiera ser necesario un Fondo de este tipo. Al parecer, su creación tiene más que ver con la actual existencia de importantes excedentes de la Ley del Cobre, que algunas fuentes cifran en US$ 3.000 millones de dólares (El Mercurio, 13.02.11). Si resulta inevitable su creación, debiera acotarse a un monto más moderado de recursos.

Finalmente, la coyuntura política nacional puso de nuevo en vitrina la Ley del Cobre y los mecanismos de financiamiento de las adquisiciones de la Defensa. Como respuesta al conjunto de masivas movilizaciones que demandan un mejoramiento de la educación pública, gratuita según algunos sectores, el Presidente Piñera ofreció un paquete de medidas que incluye un plan de financiamiento de US$ 4.000 millones de dólares. Recursos extraordinarios que provendrían de los fondos creados en el pasado por nuestro país (como los de Estabilización) entre los que se mencionó los provenientes de los excedentes de la Ley Reservada del Cobre.

20.07.11.-

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